Decreto Nº 920/2021

Adolfo Gonzales Chaves, 27/08/2021

Visto

La unificación del Sistema de Salud Municipal en el Distrito de Adolfo Gonzales Chaves y la necesidad de adecuar el sistema prestacional, técnico y administrativo de Salud con el objeto de llegar a la universalidad de la población; y  

Considerando

Que el Municipio se constituye en el único efector de salud del Distrito de Adolfo Gonzales Chaves;

Que crece el volumen y el nivel de complejidad de las prestaciones, para lo cual se requieren nuevos servicios de atención, asistenciales y de prevención;

Que la evolución en el equipamiento y la tecnología son necesarios y deben acompañar el crecimiento del Sistema de Salud Distrital;

Que el Hospital Local General Anita Eliçagaray de la ciudad de Adolfo Gonzales Chaves, ha dejado de ser un Hospital local transformándose en Hospital Distrital junto con la Unidad Sanitaria “Dr. Francisco Madueño” de la localidad de De la Garma, Centro de Atención Primaria de la Salud Nº 1 “Juan Carlos Di Filippo”, Centro de Atención Primaria de la Salud Nº 2 “Carlos Américo González”, Centro de Atención Primaria de la Salud Nº 3 “Dr. Ramón Carrillo”, Sala de Primeros Auxilios “Mercedes Rojas de Ferrara” de la localidad de Juan Eulogio Barra, Sala de Primeros Auxilios “Martina Bidegain de Guerrero” de Estación Vásquez y la Clínica y Maternidad Municipal Adolfo Gonzales Chaves;

Que el Sistema de Salud Distrital necesita una administración desconcentrada desde el punto de vista Técnico-Funcional sin personalidad jurídica y sin transferencia patrimonial, a los efectos de una mejor organización y funcionamiento del mismo;

Que la desconcentración administrativa es el traslado de funciones desde el nivel central de una administración pública hacia otros niveles jerárquicamente dependientes de la misma, manteniendo la primera, la responsabilidad por su ejercicio;

Que se debe lograr un marco normativo que enmarque las políticas de salud en el Distrito y de una estructura organizativa que ponga en acción sus proyectos, de manera tal de instrumentar un Modelo Único de Atención organizado en base al nivel de complejidad creciente;

Que se pretende mejorar la cobertura y equidad de las prestaciones de salud, dentro de una concepción integradora, con políticas tendientes a articular y coordinar los servicios de salud de los diferentes subsistemas a nivel Distrital;

Que el principal recurso para llevar adelante las políticas públicas son los trabajadores y las trabajadoras del Estado, quienes deberán estar adecuadamente asignados y asignadas en un ámbito laboral identificable; adquiriendo, en ese marco, un papel trascendental las estructuras orgánico-funcionales para hacer efectivos los planes de gobierno, en tanto por su intermedio se ordenan las actividades, los procesos y el funcionamiento;

Por ello;

El INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

D E C R E T A:

ARTICULO 1º: Créase el Órgano Administrativo Desconcentrado de Salud Distrital, a quien se le atribuye competencia, titularidad y ejercicio, para las gestiones vinculadas al área de salud del Distrito de Adolfo Gonzales Chaves, integrado por el Hospital Local General Anita Eliçagaray, la Unidad Sanitaria “Dr. Francisco Madueño” de la localidad de De la Garma, el Centro de Atención Primaria de la Salud Nº 1 “Juan Carlos Di Filippo”, el Centro de Atención Primaria de la Salud Nº 2 “Carlos Américo González”, el Centro de Atención Primaria de la Salud Nº 3 “Dr. Ramón Carrillo”, la Sala de Primeros Auxilios “Mercedes Rojas de Ferrara” de la localidad de Juan Eulogio Barra, la Sala de Primeros Auxilios “Martina Bidegain de Guerrero” de Estación Vásquez y la Clínica y Maternidad Municipal Adolfo Gonzales Chaves, conforme a las políticas que sobre la materia elabore el Departamento Ejecutivo municipal.-

ARTICULO 2º: El Órgano Administrativo Desconcentrado de Salud Distrital, estará integrado por una Estructura Funcional y una Estructura Técnica Profesional, compuestas de la siguiente manera:

ESTRUCTURA FUNCIONAL: Estará integrada por una Estructura de Funcionamiento, que permita una administración adecuada de sus recursos, una generación genuina de ingresos, un control de las erogaciones, basado en el nivel de prestaciones, tanto preventivas como asistenciales, incrementar la capacidad de gestión y de resolución de acciones que impacten en las políticas públicas de Salud del Distrito.-

Las áreas necesarias para la estructura organizativa son:

  • Administración General  
  • Coordinación de facturación, ingresos, recupero de costos
  • Presupuesto, Compras y Contrataciones
  • Tecnología y Sistemas de la Información

ESTRUCTURA TÉCNICA PROFESIONAL:

  • Secretario de Salud del Distrito.
  • Director de Salud del Distrito.
  • Director del Hospital Local General Anita Eliçagaray.
  • Director de la Clínica y Maternidad Municipal Adolfo Gonzales Chaves.-

ARTICULO 3º: Delégase en el Órgano Administrativo Desconcentrado de Salud Distrital creado en el Artículo 1º del presente Decreto, las facultades técnico-funcionales del Sistema de Salud Distrital.-

ARTICULO 4º: El Órgano Administrativo Desconcentrado de Salud Distrital dictará el Reglamento Interno de Funcionamiento, respecto a los procedimientos administrativos y de tecnologías junto a los controles que se aplicarán para la organización del mismo y los actos administrativos que sea necesario, bajo la forma de Resoluciones.

ARTICULO 5ºCúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-